Jueves, 4 de Junio del 2026

Partes Propias vs. Partes Comunes

Partes propias vs. partes comunes: qué es tuyo y qué es de todos en el edificio.

¡Hola vecino!
Vivir en un consorcio significa convivir con algo muy particular: tenés tu departamento propio, pero también compartís muchas cosas con el resto del edificio. Entender bien esta diferencia evita discusiones, problemas con las expensas y confusiones a la hora de hacer reparaciones.
Vamos a verlo de forma clara y práctica.

¿Qué son las
partes propias (o privativas)?
Son las que te pertenecen exclusivamente a vos como propietario. Podés usarlas, modificarlas (dentro de lo permitido) y disponer de ellas como quieras.

Ejemplos típicos:
  • El interior de tu departamento: paredes internas (no portantes), pisos, revestimientos, puertas, ventanas, artefactos de cocina y baño.
  • Balcones (la parte de revestimiento y lo que está dentro de tu unidad).
  • Bauleras, cocheras o locales, si están indicados como propios en tu escritura.
  • Todo lo que está dentro del “volumen” de tu unidad funcional.
En resumen: lo que está adentro de las paredes de tu casa es tuyo (salvo las estructuras principales).

¿Qué son las partes comunes?
Son de todos los propietarios. Nadie puede apropiarse de ellas de forma exclusiva (salvo que el reglamento diga lo contrario para algunos casos). El consorcio se encarga de su mantenimiento y todos pagamos las expensas para cuidarlas.

Ejemplos de partes comunes (necesariamente comunes):
  • El terreno donde está construido el edificio.
  • Estructura principal: cimientos, muros maestros, columnas, vigas y techos.
  • Espacios de circulación: hall de entrada, escaleras, pasillos, ascensores.
  • Instalaciones centrales: cañerías principales, cables, tanques de agua, calderas.
  • Azotea/terraza general, patios solares y fachadas exteriores.
  • Vivienda del encargado (si la hay).
También hay partes comunes no indispensables, como pileta, gimnasio, salón de usos múltiples o lavadero. Son de todos, pero se usan de forma más recreativa.

Existen en algunos consorcios partes comunes de uso exclusivo, es decir pertenecen a todos y su mantenimiento corre por cuenta del consorcio, pero es de uso exclusivo de alguna unidad funcional y eso está determinado por el reglamento interno.

¿Por qué es importante saber esto?
  • Reparaciones: Si se rompe una cañería maestra → la paga el consorcio. Si se rompe una canilla dentro de tu baño → la pagás vos.
  • Expensas: Las partes comunes se mantienen con las expensas de todos.
  • Modificaciones: No podés tirar un muro maestro ni cerrar un pasillo aunque sea “al lado de tu departamento”. Eso afecta a todos.
  • Venta o alquiler: Cuando vendés o alquilás, vendés/alquilás tu unidad + tu porcentaje de las partes comunes. No se pueden separar.
Tip importante: Siempre consultá el Reglamento de Propiedad Horizontal de tu edificio. Ahí puede haber particularidades (por ejemplo, que un balcón o un patio tenga uso exclusivo de ciertos departamentos).

En resumen…Tu departamento es tuyo.

El edificio (lo que lo sostiene y permite que funcione) es de todos.
Si tenés dudas sobre algo específico de tu consorcio (una filtración, un balcón, una obra que quiere hacer un vecino), lo mejor es hablarlo primero con el administrador o en la próxima asamblea. Convivir se hace más fácil cuando todos sabemos las reglas del juego.
¿Te quedó alguna duda o querés que desarrollemos algún caso concreto de tu edificio?
Dejalo en los comentarios.
¡Nos vemos en el próximo artículo!